10 medidas para cooperativizar los municipios

10 medidas para cooperativizar los municipios.

Este 10 de mayo la Federación de Cooperativas de Trabajo de Cataluña organiza el acto de presentación de 10 medidas para cooperativizar los municipios, una propuesta concreta para impulsar las cooperativas con la colaboración de los ayuntamientos, de cara a las próximas elecciones municipales del 26 de mayo.

Desde Azimut 360 participamos en el vídeo de presentación de estas 10 medidas, que buscan impulsar el cooperativismo y la economía social y solidaria, entendiendo que somos agentes necesarios para la democratización económica de los municipios y para un desarrollo local transformador.

Queremos que las cooperativas sean un actor socioeconómico clave en una economía más plural y por ello es necesario llevar a cabo diferentes medidas. Entre otras, destacamos la mejora del acceso a la financiación y a ayudas, el fomento de la intercooperación o la promoción de la economía local. Además, se propone incorporar el cooperativismo en el ámbito educativo, impulsar la investigación y desarrollo en el sector, y la gestión cooperativa y comunitaria de los equipamientos municipales.

Para más información se puede ver el vídeo:


Nueva Guía de Tramitación del Autoconsumo de IDAE

Nueva Guía de Tramitación del Autoconsumo de IDAE.

Ya tenemos aquí la nueva Guía de Tramitación del Autoconsumo realizada por IDAE en colaboración con ENERAGEN. Surge a partir del  RD 244/2019, aprobado en abril de 2019, que tiene como objetivo describir los trámites a seguir frente a la administración pública y las compañías distribuidoras para las instalaciones de generación eléctrica en régimen de autoconsumo.

Después del Real Decreto Ley 15/2018 y de las puertas que se abrían al sector por medidas como la derogación del «impuesto al sol», la simplificación de la clasificación de las instalaciones o la contemplación del autoconsumo compartido, este abril de 2019 se ha completado el nuevo marco regulador con la aprobación del RD 244/2019. Se trata de una ley en la que se desarrollan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de autoconsumo, se introducen las configuraciones de autoconsumo individual y colectivo, se establece una compensación simplificada por los excedentes mensuales y se reorganiza el registro administrativo de las instalaciones, entre otros. Además, quedan contempladas las nuevas modalidades de autoconsumo, que son: autoconsumo con excedentes (acogidas y no acogidas a compensación) y autoconsumo sin excedentes.

La Guía de Tramitación de Autoconsumo recoge precisamente esta nueva legislación y ofrece los 17 pasos administrativos a seguir para cada una de las modalidades descritas, sea para instalaciones individuales o para instalaciones colectivas. Estas pueden ser, por ejemplo, las realizadas en viviendas particulares, en comunidades de vecinos o en edificios industriales. Además, la Guía también incluye un análisis de los pasos a seguir para tramitar correctamente las instalaciones realizadas con anterioridad al RD o las instalaciones que se quiera ampliar, incluye una explicación del mecanismo de compensación simplificada y muy pronto constará de una parte donde se explique el proceso de tramitación en el ámbito autonómico.

La Guía va dirigida al público general, pero sobre todo a las empresas diseñadoras e instaladoras de sistemas de autoconsumo. Animamos a consultarla, ya que es muy buen punto de partida para entender y poder beneficiarse de la nueva regulación.

Para acceder a la Guía podéis utilizar el siguiente acceso directo:

https://www.idae.es/publicaciones/info-idae-060-guia-de-tramitacion-del-autoconsumo


Se completa la Ley de Autoconsumo

Se completa la Ley de Autoconsumo.

El RD 244/2019, de 5 de abril, por la que se regulan las condiciones del autoconsumo, completa la Ley de Autoconsumo del pasado octubre de 2018.
El nuevo Real Decreto completa el marco regulador del autoconsumo, fijando las condiciones técnicas, económicas y administrativas que solo se habían esbozado en la ley anterior, el RD 15/2018. Cabe destacar tres novedades principales: la regulación de los conceptos de autoconsumo colectivo, la simplificación de los registros administrativos y la fijación de un sistema de compensación.
La reducción de los trámites administrativos y la simplificación del proceso de registro es de aplicación para instalaciones renovables de hasta 15 kW en el caso de que sean de autoconsumo con excedentes, o hasta 100 kW, si no los tienen. Comporta la unificación de todas las gestiones en una sola: la notificación de la instalación de la pequeña planta de producción a la autoridad competente. Por un lado, con la nueva ley pasa a ser el distribuidor de energía eléctrica quién debe modificar el contrato de acceso de su cliente, que solo tendrá que facilitar su consentimiento. Por último, se simplifican considerablemente la configuración de los sistemas de medida, de forma que en la mayor parte de las instalaciones es suficiente el uso de un solo contador frontera con la red de distribución.
Cabe destacar también la regulación de la figura del autoconsumo   colectivo, hasta ahora inexistente. Antes de dicha ley solo era posible el autoconsumo individual conectado a la red interna, pero ahora ya se contempla que varios consumidores compartan la misma planta de generación. Este podría ser el caso de comunidades de vecinos o grupos de empresas en una misma zona industrial. Como punto extra, ya se permiten las instalaciones de producción próximas a consumo, no necesariamente ubicadas en el mismo edificio propiedad del consumidor o del grupo de consumidores.
A pesar de los cambios ya citados, el punto más esperado de la ley es sin duda la introducción de un sistema de compensación simplificado. Se consigue añadiendo la modalidad de autoconsumo con excedentes, acogida a compensación, y supone una novedad muy esperada por el sector, ya que posibilita que el productor-consumidor realice un balance de energía mensual entre la energía que importa de la red a través de la compañía distribuidora y la que produce en régimen de autoconsumo. La energía sobrante del sistema no se vierte a la red gratuitamente, sino que tiene un efecto de descuento en la factura eléctrica mes a mes. Ello incremento la rentabilidad de proyectos de instalaciones renovables, entre otros, instalaciones con placas fotovoltaicas.
Para más información, podéis utilizar el siguiente acceso directo al Real Decreto completo:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-5089


Nuevo modelo de ordenanza municipal para la promoción de instalaciones de autoconsumo

Nuevo modelo de ordenanza municipal para la promoción de instalaciones de autoconsumo.

1 grupo de trabajo de las administraciones locales en la Mesa de Impulso al Autoconsumo Fotovoltaico en Cataluña, promovida por el Institut Català d’Energia, aprueba un modelo de ordenanza municipal para regular e incentivar la implantación de instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica.

El modelo de ordenanza municipal propuesta es fruto de la Mesa de Impulso Fotovoltaico en Cataluña, y responde a la Ley 16/2017 del Parlament de Catalunya, por la que  se fija la necesidad de que los ayuntamientos participen activamente en la consecución de los objetivos de la lucha contra el cambio climático. Así pues, la ordenanza va dirigida a todos los ayuntamientos que la quieran incorporar y a la vez promover las instalaciones fotovoltaicas en su municipio, con las modificaciones que crean convenientes.

En una primera parte, el texto define la intervención administrativa que tendrá el ayuntamiento sobre las instalaciones de autoconsumo con energía solar fotovoltaica, fijando una serie de trámites simplificados. Concretamente, se propone un régimen de comunicación previa que permite ejecutar las instalaciones desde el mismo momento en que se presenta toda la documentación. Esta documentación debe incluir una memoria técnica de la instalación, la declaración responsable de la empresa instaladora, el presupuesto detallado y los justificantes de pago requeridos. La mayoría de dichos documentos se incluyen en el anexo de la ordenanza.

En cuanto a la segunda parte, se fijan las bonificaciones fiscales que dichas instalaciones pueden comportar, concretamente en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Esta es la medida económica propuesta para incentivar este tipo de instalaciones.

Hacer clic para acceder al modelo de ordenanza municipal:

http://icaen.gencat.cat/web/.content/20_Energia/24_usos_energia/03_mon_local/05_autoconsum_fotovoltaic/arxius/OrdenancaMunicipal_AmbAnnexes.pdf